Administración Distrital trabaja en la recertificación del Distrito ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
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- Publicado: 2017-04-21 07:37:14
- Actualizado: 2017-04-21 07:38:12
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Buenaventura, 20 de abril de 2017. Desde el año 2015 el Distrito de Buenaventura fue descertificado por incumplimiento en el cargue de información que debe registrarse en la plataforma del Sistema Único de Información (SUI), referente a: 1- Destinación y giro de los recursos de la participación para el agua potable y saneamiento básico, con el propósito de financiar actividades elegibles conforme a los establecido en el artÃculo 11 de la Ley 1177 de 2007.
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2- Creación y puesta en funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Retribución de ingreso. 3-  Aplicación de la estratificación socioeconómica, conforme a la metodologÃa nacional establecida y 4- Aplicación de la metodologÃa establecida por el Gobierno Nacional para asegurar el equilibrio entre subsidios y las contribuciones para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.
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Dichos requisitos de la vigencia 2014 y el cargue del mismo en el 2015, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Sspd), informó que el Distrito no cumplió con la aplicación de estratificación socioeconómica del reporte en el SUI sobre el estrato asignado a cada inmueble residencial urbano.
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Por lo anterior, la Administración realizó el recurso de reposición mediante escrito SSPD 2015529078912 de 28 dic 2015 ante la Superservicios, argumentando que no se logró el éxito de la certificación ya que la plataforma presentó fallas técnicas que no pudieron permitir certificar el formato de estratificación.
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De acuerdo a ello, la Superintendencia sustentó en la Resolución SSPP20164010001845 del 22 de ene 2016 que Buenaventura fue desertificado porque el cargue (información) fue montado el 12 de junio 2015, sabiendo que los municipios y distritos deben hacerlos hasta los 30 de abril.
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Mientras que, la creación y puesta en funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos indicó que la Administración Distrital no reportó el convenio con la empresa HidropacÃfico. Además, del incumplimiento sobre el pago del subsidio de acueducto y alcantarillado de la vigencia 2015.
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Mediante el escrito SSPD 20165290755522 del 03 noviembre de 2016, la Administración procede nuevamente al recurso de reposición, sustentando de forma concreta los motivos de inconformidad y aportando las pruebas dentro de los recursos de apelación, solicitando a través de éste, modificar la Resolución SSPD 20165290755522.
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Asà mismo, el comunicado número 20174010166661 del 13 marzo de 2017, la Superservicios decretó la práctica de prueba dentro del trámite del recurso de reposición interpuesto por el Distrito, con el fin de verificar el cumplimiento del requisito relacionado, con el funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingreso.
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Por su parte, el Distrito mediante oficio número 0140018158-2017 del 24 marzo 2017 remite las pruebas a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios correspondientes al funcionamiento del Fondo, con el propósito de verificar el cumplimiento y continuar con el trámite del mismo para la expedición del acto administrativo correspondiente.
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El Distrito está a la espera de la respuesta que emita la Superintendencia con respecto a la recertificación de Buenaventura para el manejo de los recursos, de ser asÃ, la Administración deberá sostener mesas de trabajo con la Gobernación del Valle, ya que viene manejando los recursos de agua potable y saneamiento básico para traspasar nuevamente los recursos al Distrito.