Alcaldía Distrital expidió decreto que regula la comercialización y uso de pólvora en Buenaventura
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- Publicado: 2018-12-06 18:37:24
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Buenaventura, 6 de diciembre de 2018. A través del decreto 0919 de 2018 la AlcaldÃa Distrital de Buenaventura en uso de sus facultades reguló la venta de artÃculos pirotécnicos o juegos artificiales, prohibiéndose el uso en menores de edad, personas con discapacidad cognitiva o personas en estado de embriaguez
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“Considerando que en las festividades decembrinas es donde aumenta el uso de estos artÃculos y que algunos padres de familia permiten su manipulación en menores de edad, hemos expedido este decreto, en aras de evitar que se puedan presentar consecuencias fatalesâ€, indicó Edison Bioscar Ruiz valencia, secretario de Gobierno con funciones de Alcalde encargado.
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El documento decreta:
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- Autorizar la compra, el transporte, el uso distribución y venta de artÃculos pirotécnicos con las debidas condiciones de seguridad establecidas en la ley.
- ProhÃbase la venta de juegos artificiales y globos a menores de edad, personas con discapacidad cognitiva o personas en estado de embriaguez.
- ProhÃbase la producción, uso y venta de artÃculos pirotécnicos que contengan fósforo blanco, so pena puede incurrir en sanción o cierre del establecimiento.
- Quienes permitan que las personas antes mencionadas usen este tipo de artÃculos, se les  decomisará los productos y se aplicarán sanciones.
- El padre, madre o representante legal del menor que resulte quemado por acción u omisión en el cumplimento de su deber, responderá ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Justicia Penal además de aplicar sanciones pecuniaria.
- Según lo dispone el ArtÃculo 14 de la ley 607 de 2.001, todos los centros de salud, hospitales y clÃnicas públicas o privadas, deberán atender de manera inmediata a cualquier menor de edad o adulto que resulte con quemaduras o daños corporales por el uso de estos artÃculos explosivos.
- ProhÃbase el transporte de artÃculos explosivos de cualquier clase, en vehÃculos de transporte público colectivo.
- Para el almacenamiento y distribución de estos juegos artificiales deberán tomarse todas las medidas que recomienda la ley y se certificará su cumplimiento con el visto bueno del Meritorio Cuerpo de Bomberos voluntarios del Distrito.
- ProhÃbase la venta de diablitos, petacas, tronantes, totes, voladores martillos o pólvora de cualquier clases, en tiendas y graneros de los diferentes barrios del Distrito.