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2024-04-25

Fecha de Pago Subsidio Fondo de Solidaridad Pensional - Programa Colombia Mayor Transferencia Económica No Condicionada, Adicional y Extraordinaria Septiembre 2020

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  • Publicado: 2020-09-28 19:51:03
  • Actualizado: 2020-09-28 19:54:37
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Bogotá, 26 de septiembre de 2020. FIDUAGRARIA S.A. informa al público en general que, atendiendo instrucciones del Ministerio del Trabajo, el próximo 1° de octubre de 2020 dará inicio en todo el territorio nacional, al pago de los Subsidios a los beneficiarios del Fondo de Solidaridad Pensional, Programa Colombia Mayor, junto con la transferencia económica no condicionada, adicional y extraordinaria ordenada en el Decreto Legislativo N° 814 de 2020.


Asimismo, les reiteramos que también para el mes de septiembre del presente año, cada beneficiario recibirá la suma consolidada de ciento sesenta mil pesos ($160.000), los cuales estarán disponibles para su cobro desde el jueves 1° de octubre, hasta el viernes 16 de octubre del 2020, inclusive.


Para el proceso de cobro de los recursos citados anteriormente, les recordamos la necesidad de
tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

 

  1. Asista al punto de pago con su tapabocas personal y no se lo retire bajo ninguna circunstancia;
  2. En el sitio de pago es conveniente tener un adecuado y razonable distanciamiento social en las posibles filas de espera;
  3. En caso de existir salas de espera con sillas, siempre se debe dejar silla de por medio entre las personas que esperan turnos para ser atendidas;
  4. Si en el turno de espera se encuentran adultos mayores de setenta (70) años, éstos deben ser
    atendidos con prioridad;
  5. Para el pago de subsidios a través de terceros debidamente autorizados, se debe presentar la siguiente documentación en el punto de pago:
    • Original de la autorización de pago suscrita por el beneficiario del subsidio.
    • Original de la Cédula de Ciudadanía del beneficiario del Subsidio.
    • Original de la Cédula de Ciudadanía del tercero autorizado.
  6. En cada punto de pago se deben guardar todas las disposiciones de asepsia que sean sugeridas e implementadas por los operadores de pago, las cuales previamente fueron ordenadas por parte del Ministerio de Salud y Protección Social y recordadas en el protocolo que está publicado en nuestra página WEB: www.fondodesolidaridadpensional.gov.co.

Boletín No 37 - fechas de pago Colombia Mayor septiembre 2020 (68.12 Kb)


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