Funciones y Deberes
- Funciones y Deberes
- Publicado: 2022-09-27 08:41:40
- Actualizado: 2022-09-27 08:59:38
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Funciones
Al Distrito de Buenaventura, según lo establecido en el Artículo 311 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 3 de la Ley 136 de 1994 y demás normas concordantes le corresponden las siguientes funciones:
- Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la Ley.
- Ordenar el desarrollo del territorio y construir las obras que demande el progreso municipal.
- Promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes.
- Planificar el desarrollo económico, social y ambiental del territorio, de conformidad con la Ley y en coordinación con otras entidades.
- Solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la mujer, la tercera edad y los sectores discapacitados, directamente y, en concurrencia, complementariedad y coordinación con las demás entidades territoriales y la Nación, en los términos que defina la ley.
- Velar por el adecuado manejo de los recursos naturales y del medio ambiente, de conformidad con la ley.
- Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del respectivo Distrito.
- Hacer cuanto pueda adelantar por sí mismo, en subsidio de otras entidades territoriales, mientras éstas proveen lo necesario.
- Las demás que le señale la Constitución y la ley.
MC-DE-PO-04 MAPA DE PROCESOS (247.13 Kb)
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