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  • Publicado: 2012-11-26 10:21:24
  • Actualizado: 2016-02-04 16:17:17
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ACCIDENTE DE TRABAJO: Se entiende por accidente de trabajo todo suceso imprevisto y repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca al trabajador una lesión orgánica o perturbación funcional permanente o pasajera, y que no haya sido provocado deliberadamente o por culpa grave de la víctima.

ACCIONES DE SALUD PÚBLICA: Acciones que deben ser ejecutadas por los gobernantes a través de las direcciones departamentales y municipales de salud, para desarrollar la infraestructura necesaria e implementar acciones de promoción, prevención, vigilancia de la salud pública y control de factores de riesgo mediante un Plan de Atención Básica.

ACUERDO MUNICIPAL: Es Cuando la iniciativa de Ciudad analizada en dos debates es aprobada por el Concejo, firmada por el Alcalde y publicado en la gaceta oficial. Es de obligatorio cumplimiento.

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL: Entidad del orden territorial que busca el desarrollo armónico del Municipio y el mejoramiento continuo del nivel de vida sus habitantes, con la prestación eficiente de los servicios a su cargo, conservación del orden público en el Municipio, dirigiendo la acción administrativa local a través del cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás normas legales con manejo eficiente y racional de los recursos económicos y con recursos humanos que trabajen en equipo con transparencia y celeridad, generando liderazgo a nivel local. 

ALCALDE: En Colombia, el alcalde es el cargo ejecutivo dentro de un municipio, el cual es elegido por voto popular desde 1988, y que ejerce por un período de 4 años a partir de 2004. El Alcalde dirige la Administración Municipal y representa al Municipio, sus funciones principales son la administración de los recursos propios de la municipalidad, velar por el bienestar y los intereses de sus conciudadanos y representarlos ante el Gobierno Nacional, además de impulsar políticas locales para mejorar su calidad de vida, tales como programas de salud, vivienda, educación e infraestructura vial y mantener el orden público. Debe presentar a los electores un plan de gobierno; si no lo cumple, los ciudadanos pueden pedir la revocatoria de su mandato.

En cada municipio habrá un alcalde, jefe de la administración local y representante legal del municipio, que será elegido popularmente para períodos institucionales de cuatro (4) años, y no podrá ser reelegido para el período siguiente; Siempre que se presente falta absoluta a más de dieciocho (18) meses de la terminación del período, se elegirá alcalde para el tiempo que reste. En caso de que faltare menos de dieciocho (18) meses, el gobernador designará un alcalde para lo que reste del período, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el alcalde elegido. 

ÁREA ESTRATÉGICA: Define políticas, estrategias y acciones de la organización, que orientan el desempeño y la gestión del Municipio de Medellín. 

ÁREA DE APOYO: Soporta y coadyuva al desarrollo de los demás procesos, e incorpora las herramientas logísticas requeridas por la organización. 

ÁREA BÁSICA: Hace realidad la Misión organizacional y sus competencias, mediante la prestación de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la comunidad. 

ASIGNACIÓN BÁSICA: Comprende la remuneración fija ordinaria, sin incluir otros factores de salario, y que por ley es la que corresponde a cada empleo según el nivel y grado. 

ACCIÓN CORRECTIVA: Conjunto de acciones tomadas para eliminar la(s) causa(s) de una no conformidad detectada u otra situación indeseable. La acción correctiva se toma para prevenir que algo vuelva a producirse. 

ACCIÓN PREVENTIVA: Conjunto de acciones tomadas para eliminar la(s) causa(s) de una no conformidad potencial u otra situación potencialmente indeseable. La acción preventiva se toma para prevenir que algo suceda. 

ACTITUD: Disposición interna para hacer lo que está previsto o dejar de hacer lo que no se debe, llegando a constituirse en una forma de reaccionar ante una situación o persona determinada, con base en lo que se piensa o se siente con respecto a ella. 

ACTIVIDAD EDIFICADORA: Es el conjunto de datos que reflejan el comportamiento del sector construcción, medido a través del aumento o disminución del número de licencias expedidas en determinado periodo de tiempo en el Municipio, comparado con la cantidad de nuevas instalaciones de energía eléctrica. El análisis de este componente lo complementa el estudio de la cantidad de oferta y valor de los nuevos proyectos. 

ACTIVOS: Recursos económicos de una entidad, los cuales pueden estar constituidos por dinero, cuentas por cobrar, edificaciones, inventarios, entre otros. 

AGRIPA: Documento de control donde se le registra a todo servidor público los movimientos que implica la relación laboral, como permisos, licencias, salarios, sobrerremuneraciones, así mismo todos los conceptos por liquidación de prestaciones sociales. 

APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL: Son las obligaciones en dinero correspondientes al empleador y al empleado. El sistema de seguridad social comprende pensiones, salud y riesgos profesionales. 

APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: Es la autorización máxima de gastos asignada a una entidad en la ley, ordenanzas o acuerdos de Presupuesto. Esta autorización (apropiación) , vence el 31 de diciembre de cada año. 
APTITUDES: Capacidad para realizar ciertas tareas o actividades con éxito, que es susceptible de desarrollarse con los conocimientos y la práctica.

ARS (Administradoras del Régimen Subsidiado): Son entidades públicas, privadas o mixtas que administran los recursos del Régimen Subsidiado de Seguridad Social en Salud. Su función es asegurar a la población beneficiaria, expedirle el carné y organizar la prestación de los servicios del POS (Plan Obligatorio de Salud). Las ARS pueden ser Cajas de Compensación Familiar, Empresas Solidarias de Salud o Entidades Promotoras de Salud (EPS). 

AUTORIDAD: Institución pública y persona que en representación de ella ejerce la potestad legítima del estado. 

AVALÚO COMERCIAL: Es un estudio que analiza diversos factores arquitectónicos, urbanísticos, estructurales y de mercado, aspectos jurídicos, físicos, metodológicos, económicos y territoriales, que permitan realizar la estimación de un precio acorde con el mercado y justo tanto para el propietario como para posibles compradores e interesados en una propiedad. 

BARRIO: Es una unidad territorial compuesta por múltiples elementos y relaciones, su conformación responde mayoritariamente a factores sociales, culturales y económicos, llevados a cabo en forma espontánea por sus residentes.

BALANCE GENERAL: Estado contable que muestra la composición de los activos, los pasivos y el patrimonio de una entidad. Muestra qué es lo que tiene y qué es lo que debe una entidad en un momento determinado. 

CALIFICACION: Expresar, con el calificativo de sobresaliente, satisfactorio o no satisfactorio, el resultado de las evaluación definitiva del empleado, según el rango de puntos dentro del cual se ubique dicho resultado en la escala de evaluación establecida por la entidad. 

CAPACITACIÓN: Se entiende por capacitación el conjunto de procesos organizados, relativos tanto a la educación para el trabajo y el desarrollo humano como a la informal, de acuerdo con lo establecido por la Ley General de Educación, dirigidos a prolongar y a complementar la educación inicial mediante la generación de conocimientos, el desarrollo de habilidades y el cambio de actitudes, con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva, para contribuir al cumplimento de la misión institucional, a la mejor prestación del servicio a la comunidad, al eficaz desempeño del cargo y al desarrollo personal integral. 

CARRERA ADMINISTRATIVA: La carrera administrativa es un sistema técnico de administración de personal que tiene por objeto garantizar la eficiencia de la administración pública y ofrecer; estabilidad e igualdad de oportunidades para el acceso y el ascenso al servicio público. Para alcanzar este objetivo, el ingreso y la permanencia en los empleos de carrera administrativa se hará exclusivamente con base en el mérito, mediante procesos de selección en los que se garantice la transparencia y la objetividad, sin discriminación alguna. 

CATEGORÍA DEL MUNICIPIO: Clasificación de los municipios y distritos establecida en la Ley 617 de 2000 en función de su población e ingresos corrientes de libre destinación. Certificado de Disponibilidad Presupuestal Documento que permite dar certeza sobre la existencia de un recurso disponible para asumir un compromiso. 

CAUCION: Prevención, cautela. Der. Dar seguridad personal de que se cumplirá lo pactado, prometido o mandado. Precaución y garantía. 

CELEBRACIÓN INDEBIDA DE CONTRATOS: Intervenir en la celebración de un contrato sin cumplir con los requisitos legales. 

CERTIFICADO DE PROTOCOLIZACIÓN: Son los certificados que envían las instituciones educativas privadas de los docentes que laboraron con ellas en el año inmediatamente anterior. En dichos certificados se relaciona cada docente, con su número de identificación, título, área en la que sirvió, materias que dictó, en que grado y en qué período. 

CERTIFICACIONES: Son actos administrativos por medio de los cuales el Director de una oficina pública da fe sobre la existencia o estado de actuaciones o procesos administrativos que se hayan surtido. 

CICLO PEVA: Proceso continuo de planeación, ejecución, verificación y actuación de acuerdo con los resultados, dentro del periodo de evaluación del desempeño laboral de los empleados de carrera o en período de prueba.

CIUDADANO: Un ciudadano es persona que forma parte de una comunidad política. La condición de miembro de dicha comunidad se conoce como ciudadanía, y conlleva una serie de deberes y una serie de derechos. 

COHECHO: Aceptar dinero, u otra utilidad y/o promesas remuneratorias por parte de un servidor público a cambio de retardar u omitir un acto que corresponda a su cargo, ejecutar uno contrario a sus deberes oficiales, ejecutar actos de desempeño de sus funciones, o dar información sobre asuntos sometidos a su conocimiento. Las personas que realizan los ofrecimientos anteriormente descritos también incurren en cohecho. 

COMISIÓN EVALUADORA: Grupo de evaluadores responsables de realizar la evaluación del desempeño laboral de los empleados, uno de los cuales debe ser de libre nombramiento y remoción.

COMPETENCIA: Capacidad de articular y movilizar condiciones intelectuales y emocionales en términos de conocimientos, habilidades, actitudes y prácticas, necesarias para el desempeño de una determinada función o actividad, de manera eficiente, eficaz y creativa, conforme a la naturaleza del trabajo. 

COMPETENCIAS FUNCIONALES: Son funciones esenciales del empleo y capacidades que se identifican a partir de un análisis del propósito principal del empleo y su desagregación progresiva, con el objeto de establecer las contribuciones individuales del empleo, los conocimientos básicos, los contextos en los que se deberán demostrar las contribuciones individuales y las evidencias requeridas que demuestren las competencias laborales. 

COMPETENCIA LABORAL: Capacidad de una persona para desempeñar, en diferentes contextos y con base en los requerimientos de calidad y resultados esperados en el sector público, las funciones inherentes a un empleo. 

COMPETENCIA PROFESIONAL: Conjunto de saberes (teóricos, prácticos y valorativos) demostrados por una persona, que lo habilitan para el ejercicio de un oficio, arte o profesión.

COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES: Comportamiento laboral requerido en los empleados para el cumplimiento de sus funciones y la prestación de los servicios en el Estado. 

COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO: Conjunto de características de la conducta que se exigen como estándares para el desempeño del empleo, según su nivel jerárquico. 

COMPETENTE: Persona que posee un conjunto de, conocimientos, habilidades y destrezas y la capacidad para aplicarlos en varios de contextos y organizaciones. 

COMUNA: La comuna es la unidad territorial en que se divide el área urbana para efectos de su administración local. Tiene por objeto estimular la organización y participación de la comunidad, satisfacer los intereses locales y facilitar la prestación de servicios. 

CONCUSIÓN: Cuando un servidor público abusando de su cargo o de sus funciones, induce a que alguien dé o prometa para su propio beneficio o el de un tercero, ya sea dinero o cualquier otra utilidad indebida, o los solicite. 

CONMINACIÓN: Exigencia realizada por una autoridad administrativa o judicial bajo amenaza de castigo o de pena si no se oye. 

CONOCIMIENTOS: Teorías, principios, conceptos e información relevante que sustenta y se aplica en el desempeño laboral competente. 

CONTRATO DE TRABAJO: Es un acuerdo por virtud del cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra (natural o jurídica) bajo continuada subordinación, cumpliendo órdenes e instrucciones y recibiendo por su labor una remuneración. 

CONTRIBUCIÓN INDIVIDUAL: Conjunto de productos laborales que debe realizar el empleado, en el ejercicio de las funciones inherentes a un empleo, en cumplimiento de la misión y de los objetivos institucionales. 

CONTRATACIÓN DIRECTA: Es una de las modalidades de contratación, que difiere de la licitación, y está prevista para los siguientes contratos: menor cuantía, interadministrativos, arrendamiento o adquisición de inmuebles, prestación de servicios profesionales o ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales o jurídicas, o para el desarrollo directo de actividades científicas o tecnológicas. Si el valor del contrato por celebrar está entre el 10% y el 100% de la Menor Cuantía (ver definición), debe hacerse una invitación pública para garantizar un número de plural de ofertas. 

CONTROL INTERNO: Sistema que al interior de cada entidad procura garantizar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, se realicen de acuerdo con las normas vigentes y dentro de las políticas trazadas por la dirección, en cumplimiento de las metas y objetivos previstos. 

CONTROL SOCIAL: Actividad de los ciudadanos destinada a ejercer reconocimiento, inspección y vigilancia de la gestión pública. 

CORREGIMIENTO: es una división territorial que aúna a varias veredas puestas bajo la jurisdicción de un inspector, nombrado por el Alcalde de Municipio respectivo. El Corregimiento es la unidad intermedia entre vereda y Municipio. El Conjunto de Corregimientos forma el Municipio en su Área Rural. 

CRITERIOS DE DESEMPEÑO: Requisitos de calidad del resultado obtenido. Condiciones o características que debe reunir el producto o servicio para satisfacer los requerimientos de cada uno de los elementos de competencia. Características de los resultados relacionados con el elemento de competencia.

CURADOR: Es la modalidad de representación que ejercen guardadores (curadores), en favor de los y las menores para hacer valer sus intereses, se trata de una seguridad patrimonial. 

DEMANDA: Escrito que se presenta ante un juez para se resuelva sobre un derecho que se reclama contra el deudor u obligado.

DENUNCIA: forma de iniciación del proceso, consistente en la manifestación, de palabra o por escrito, por la que se comunica al Juez, al Fiscal o a la Policía judicial, la supuesta comisión de un acto delictivo. 

DEPENDENCIA, ÁREA O FUNCIONARIO COMPETENTE: Es aquella o aquel que de conformidad con las normas orgánicas vigentes y el manual descriptivo de funciones y competencias, le está asignado el tema o asunto sobre el cual versa la petición. 

DERECHO DE PETICIÓN: Es aquel derecho que tiene toda persona para acudir ante las autoridades competentes, por motivo de interés general o interés particular para elevar solicitudes respetuosas de información y/o consulta y para obtener pronta resolución de las mismas. 

DESCANSO COMPENSATORIO: El trabajador que labore habitualmente en día de descanso obligatorio tiene derecho a un descanso compensatorio remunerado, sin perjuicio de la retribución en dinero prevista. 

DESEMPEÑO: Forma de actuar del empleado en el cumplimiento de sus funciones y en la consecución de los resultados asignados para el período objeto de evaluación. 

DESTREZA: Precisión necesaria para ejecutar las tareas propias de una ocupación, de acuerdo con el grado de exactitud requerida. Se adquiere con la experiencia a través de entrenamiento intenso.

DESVINCULACIÓN: "El retiro del servicio de quienes estén desempeñando empleos de libre nombramiento y remoción y de carrera administrativa, que puede producir en los siguientes casos:
Por declaratoria de insubsistencia del nombramiento en los empleos de libre nombramiento y remoción;Por declaratoria de insubsistencia del nombramiento, como consecuencia del resultado no satisfactorio en la evaluación del desempeño laboral de un empleado de carrera administrativa;Por renuncia regularmente aceptada;Retiro, por haber obtenido la pensión de jubilación o vejez;Por invalidez absoluta;Por edad de retiro forzoso;Por destitución, como consecuencia de proceso disciplinario;Por declaratoria de vacancia del empleo en el caso de abandono del mismo;Por revocatoria del nombramiento por no acreditar los requisitos para el desempeño del empleo, de conformidad con el artículo 5° de la Ley 190 de 1995, y las normas que lo adicionen o modifiquen;Por orden o decisión judicial;Por supresión del empleo;Por muerte;Por las demás que determinen la Constitución Política y las leyes. 

DINÁMICA INMOBILIARIA: Es el conjunto de datos que representan el movimiento que muestra en su comportamiento el sector inmobiliario, medido a través del aumento o disminución de la cantidad de transacciones de compra y venta que se realizan en el Municipio y a través del análisis del comportamiento de los precios de renta de bienes inmuebles; en diferentes periodos de tiempo. 

DIRECTRIZ: Conjunto de instrucciones o normas generales dadas por la Comisión Nacional del Servicio Civil para que las entidades desarrollen, adopten y apliquen el sistema de evaluación del desempeño laboral de sus empleados de carrera o en período de prueba.

EDUCACIÓN FORMAL: La Educación definida como formal por las Leyes que rigen la materia, no se incluye dentro de los procesos aquí definidos como capacitación. El apoyo del Municipio de Medellín a programas de este tipo hace parte de los programas de bienestar social e incentivos y se regirá por las normas que regulan el sistema de estímulos. 

EFECTIVIDAD: concepto que involucra la eficiencia y la eficacia, consistente en alcanzar los resultados programados a través de un uso óptimo de los recursos involucrados. 

EFICACIA: Grado en el que se realizan las actividades y se alcanzan los resultados planificados. 

EFICIENCIA: Relación entre el resultado alcanzado y los recursos utilizados. 

ELEMENTO DE COMPETENCIA: Función productiva que puede ser realizada por una persona como contribución a la realización de la unidad de competencia. 

EMPLEADO PÚBLICO: Persona natural que ejerce las funciones correspondientes a un empleo público, su vínculo se realiza a través de un acto administrativo de nombramiento. 

EMPLEO PÚBLICO: Conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado. 

EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO – EICE: Son organismos creados por la ley o autorizados por ésta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial y de gestión económica conforme a las reglas del Derecho Privado. 

EMPRESA TERRITORIAL DE LA SALUD – ETESA: Empresa industrial y comercial del estado que tiene por objeto la explotación de juegos de azar novedosos (por ejemplo Baloto) y transferir recursos para la salud a las entidades territoriales. 

EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO – ESE: Son aquellas creadas por la Nación o por las entidades territoriales para la prestación en forma directa de servicios de salud. 

ENFERMEDAD PROFESIONAL: 1. Se entiende por enfermedad profesional todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos. 2. Las enfermedades endémicas y epidémicas de la región sólo se consideran como profesionales cuando se adquieren por los encargados de combatirlas por razón de su oficio. 

ENTIDADES TERRITORIALES: Los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas. (Artículo 286, Constitución Política de Colombia). 

ERGONOMÍA: Es la ciencia que estudia el trabajo, la gente que lo hace, la forma en que lo realiza, el lugar, las herramientas y equipo que usa, así como los aspectos psicosociológicos de la situación de trabajo con el fin de adecuar los productos, sistemas y entornos a las características, limitaciones y necesidades de los usuarios, para optimizar su eficacia, facilidad de uso, salud y seguridad. 

ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA: La estratificación socioeconómica es el instrumento técnico que permite clasificar la población de los municipios y distritos del país, a través de las viviendas y su entorno, en estratos o grupos socioeconómicos diferentes. 

Se realiza principalmente para cobrar los servicios públicos domiciliarios con tarifas diferenciales por estrato y para asignar subsidios en esta área. De esta manera, quienes tienen más capacidad económica pagan más por los servicios públicos y contribuyen para que los estratos bajos puedan pagar sus tarifas. 

Los estratos socioeconómicos en los que se pueden clasificar las viviendas son 6, denominados así:1 - Bajo – bajo2 - Bajo3 - Medio – bajo4 - Medio5 - Medio – alto6 – Alto

Los estratos 1, 2 y 3 albergan a la población con menos recursos, la cual es beneficiaria de subsidios en los servicios públicos domiciliarios; los estratos 5 y 6 corresponden a estratos altos que albergan a la población con mayores recursos económicos, la cual debe pagar sobrecostos sobre el valor de los servicios públicos domiciliarios. El estrato 4 no es beneficiario de subsidios, ni debe pagar sobrecostos, paga exactamente el valor que la empresa defina como costo de prestación del servicio. 

ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA: Está constituida por las dependencias que garantizan la productividad, eficiencia y calidad en el cumplimiento de la misión, los procesos y por los rangos jerárquicos que corresponden a niveles de autoridad y responsabilidad en la toma de decisiones, de acuerdo con los roles definidos. 

ESTRUCTURA DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN: Está compuesta por los objetivos, las políticas, las estrategias, el diseño de la Organización, los procesos formales y los esquemas de poder y de autoridad, que se reflejan en el modelo operativo por procesos y la estructura administrativa guardando armonía entre sí. En la estructura del Municipio el talento humano, los procesos y la tecnología son elementos fundamentales para la satisfacción de las necesidades de la comunidad. 

EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS: Proceso por medio del cual se valoran las evidencias de la competencia laboral del empleado, de conformidad con el desempeño descrito en la definición de compromisos, se emite el juicio para calificar los resultados de su desempeño como sobresaliente, satisfactorio o no satisfactorio y se identifican las áreas de desempeño que requieren ser fortalecidas mediante capacitación para alcanzar o mejorar la competencia. 

EVALUADOR: Persona o Comisión Evaluadora responsable de realizar la evaluación del desempeño laboral. 

EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO: El desempeño laboral de los empleados de carrera administrativa deberá ser evaluado y calificado con base en parámetros previamente establecidos que permitan fundamenta r un juicio objetivo sobre su conducta laboral y sus aportes al cumplimiento de las metas institucionales. A tal efecto, los instrumentos para la evaluación y calificación del desempeño de los empleados se diseñarán en función de las metas institucionales. 

EVASIÓN: Incumplir total o parcialmente con la entrega de las rentas que corresponda legalmente pagar. 

EVIDENCIAS: Prueba inobjetable que demuestra que los productos, servicios o comportamientos del empleado corresponden o no a lo esperado. Las evidencias consisten en productos, registros, declaraciones de hechos o cualquier otra información verificable que sea pertinente para los propósitos de la auditoría. 

EVIDENCIAS DE CONOCIMIENTO: Aplicación de teorías, métodos, técnicas y procedimientos para el logro de los resultados esperados. 

EVIDENCIAS DE DESEMPEÑO: Registro de comportamientos y acciones excepcionales observados en el empleado durante el ejercicio de sus funciones. 

EVIDENCIAS DE PRODUCTO: Resultados tangibles de la actuación del empleado en la realización de los elementos de competencia. Ejemplos: un informe, una instalación eléctrica, una compra.

FACTOR DE RIESGO BIOLÓGICO: Se refiere a un grupo de microorganismos, hongos, bacterias, virus, parásitos que están presentes en determinados ambientes laborales y que al ingresar al organismo desencadenan enfermedades infectocontagiosas, reacciones o intoxicaciones. 

FACTOR DE RIESGO FÍSICO: "Se refieren a todo aquellos factores ambientales de naturaleza física, que al ser percibidos por las personas pueden llegar a tener efectos nocivos según la intensidad, concentración y exposición de los mismos; entre estos están: ruido, iluminación, temperaturas extremas, vibraciones, radiaciones ionizantes y no ionizantes, presión anormal. 

FACTOR DE RIESGO ELÉCTRICO: Se refiere a los sistemas eléctricos de máquinas equipos e instalaciones locativas que conducen o generan energía dinámica o estática y que al entrar en contacto con las personas, pueden provocar entre otras lesiones quemaduras, shock, fibrilación. 

FACTOR DE RIESGO ERGONÓMICO: Involucra todos aquellos equipos, puestos de trabajo, maquinas, herramientas, cuyo peso pueden provocar sobre esfuerzo así como posturas u movimientos inadecuados que traen como consecuencias fatiga física y lesiones osteomusculares.

FACTOR DE RIESGO LOCATIVO: Aspectos propios de las instalaciones locativas que por las características de construcción y mantenimiento pueden generar caídas, golpes, atropamientos que traen como consecuencia lesiones personales y daños materiales. 

FACTOR DE RIESGO MECÁNICO: "Todos aquellos objetos o máquinas, equipos, herramientas e instalaciones locativas que por atropamiento o golpes pueden provocar lesiones o daños materiales".

FACTOR DE RIESGO QUÍMICO: "Elementos y sustancias que al entrar en contacto con el organismos por cualquier vía de ingreso puede provocar intoxicación, quemaduras o lesiones sistemáticas según sea su grado de concentración, tiempo de exposición, estado físico, según efectos que produce". 

FACTOR DE RIESGO PSICOSOCIAL: Comprende todos aquellos aspectos organizacionales que pueden producir carga física, psíquica, le trae como consecuencia fatiga mental, alteraciones de la conducta y reacciones fisiológicas. 

FALLO: Sentencia o pronunciamiento definitivo en un pleito. Parte dispositiva de la sentencia, condenando o absolviendo al demandado, y resolviendo todos los puntos litigiosos que hayan sido objeto de debate. 

FUNCIÓN ADMINISTRATIVA: Conjunto de las actividades que despliega la administración pública para el cumplimiento de sus fines. Se realiza mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones. 

FUNCIÓN PRODUCTIVA: Conjunto de actividades laborales necesarias para lograr resultados específicos de trabajo, en relación con el propósito clave de un área ocupacional. 


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2012-11-26 10:21:24
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