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- Publicado: 2012-11-26 10:52:40
- Actualizado: 2016-02-29 11:30:29
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MACROPROCESOS: Son el conjunto de procesos que contribuyen, en forma sistémica, a satisfacer los requerimientos de la comunidad y de la Entidad para lograr el cumplimiento y los fines propios del Estado.Â
MAPA DE RIESGO: "Consiste en la descripción grafica y en la planta de la presencia de factores de riesgo en las instalaciones de una empresa mediante una simbologÃa previamente definida".Â
MEDICINA LABORAL: Rama de la medicina que se ocupa del estudio de las enfermedades cuya etiologÃa se relaciona con todo tipo de condiciones no deseables del puesto de trabajo y cuya acción patógena puede ser determinada o minimizada, actuando de forma positiva sobre estas condiciones.Â
MEDICINA PREVENTIVA LABORAL: Parte de la medicina laboral que se dedica a la prevención de las enfermedades y accidentes laborales, conjuntamente con la salud fÃsica y mental, asà como la eficiencia en el trabajo.Â
MEDICINA OCUPACIONAL: Rama de la medicina que trata de la relación de los hombres con sus ocupaciones y de promocionar una salud óptima, productividad y bienestar social.Â
MENOR CUANTÃA: LÃmite establecido en la ley para determinar la modalidad de contratación que debe seguir una entidad para seleccionar a sus contratistas. Se determina en función del presupuesto anual de cada entidad pública, expresado en salarios mÃnimos legales mensuales vigentes.Â
META INSTITUCIONAL: Resultados esperados del desempeño de la entidad, expresados en términos de calidad, magnitud o cantidad, en desarrollo de los planes, programas y proyectos, como respuesta a las demandas de los usuarios y beneficiarios.Â
MÉRITO: Demostración permanente de las calidades y competencias laborales exigidas al empleado en el cumplimiento de sus funciones y en la prestación del servicio.Â
MODELO OPERATIVO POR PROCESOS: ES la transversalidad de una serie de actividades, acciones o toma de decisiones interrelacionadas, orientadas a obtener un resultado especÃfico, como consecuencia del valor añadido aportado por cada una de las actividades que se llevan a cabo en las diferentes etapas, una misma área funcional. Está constituido por las áreas, los macroprocesos, los procesos y sus elementos, los cuales servirán de base para determinar los objetivos y funciones corporativas que orientarán el qué hacer de las diversas dependencias del Municipio.Â
MUNICIPIO: Tal como lo establece la Constitución, el municipio es una entidad fundamental de la división polÃtico-administrativa del Estado, actor central de impulso al desarrollo nacional, con autonomÃa polÃtica, fiscal y administrativa, para la defensa de lo público. La base de la estructuración polÃtica nacional es el gobierno de la ciudad. Histórica y técnicamente la comunidad municipal es fuente y apoyo de libertad polÃtica, de eficacia en el gobierno y de transparencia.Â
NO CONFORMIDAD: Diferencia entre los resultados obtenidos y los compromisos adquiridos, de acuerdo con la meta, los criterios de desempeño o las evidencias preestablecidas.Â
NORMA: Disposición que prescribe parámetros o criterios que deben satisfacerse.Â
NORMAS DE COMPETENCIA: Descripción de los conocimientos, las habilidades y operaciones que el empleado debe ser capaz de desempeñar y aplicar en distintas situaciones de trabajo.Â
NOTIFICACION: Acto mediante el cual con las formalidades legales preestablecidas, se hace saber una resolución judicial o administrativa a la persona a la que se reconoce como interesada en su conocimiento o se le requiere para que cumpla un acto procesal.Â
NOVEDAD: Documento en el que se registran las situaciones administrativas que un servidor público puede solicitar durante su vinculación laboral tales como: vacaciones, permisos, licencias, etc. Igualmente, es el documento en el que se registra el ingreso, el traslado, el encargo y la desvinculación del servidor público.Â
OMISIÓN: Falta o delito que consiste en dejar de hacer, decir o consignar algo que debÃa ser hecho, dicho o consignado.Â
ORGANISMO DE CONTROL: son entidades que por facultad legal ejecutan actividades de control sobre otros organismos del Estado o sobre los particulares que manejan recursos de éste. Los objetivos básicos y el alcance de dichas actividades son especÃficamente definidos por la Ley y por la misma Constitución para cada uno de dichos organismos.Â
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA: La rama administrativa o ejecutiva del poder público, como cualquier sistema organizado, presenta dos niveles o dos clases de autoridades:
Autoridades NacionalesAutoridades Seccionales o LocalesÂ
ORIENTACIÓN: Consiste en suministrar información al cliente para ayudarlo o guiarlo frente a sus peticiones o temas y campos de competencia del Departamento Administrativo de la Función Pública, que sean de su interés.Â
PARÃMETRO: Referente técnico que permite establecer la conformidad de los resultados alcanzados con los compromisos fijados: unidades y elementos de competencia objeto de la evaluación, escalas de valoración, criterios de desempeño y calificación e instrumento de evaluación.Â
PARTICIPACIÓN CIUDADANA: Se refiere al sistema, formas y mecanismos para que el ciudadano participe en la vigilancia de la gestión pública, en los diversos niveles administrativos y sus resultados (Art. 41, 152, 270, 318, 342 C.P.N.).Â
PECULADO: Cuando un servidor público se apropia, usa o permita el uso indebido, de bienes del Estado o de empresas institucionales administradas o que tenga parte el estado, ya sea para su propio provecho o de un tercero.Â
PENSIÓN: Una pensión es un plan de jubilación que pretende ofrecer a una persona unos ingresos seguros de por vida. Las pensiones han sido, tradicionalmente, un pago a un empleado jubilado o inválido o al cónyuge y descendientes de un empleado fallecido.Â
PERTENENCIA: Derecho que una persona tiene a la propiedad de una cosa.Â
PERSONA JURÃDICA: Se entiende por persona jurÃdica a los entes que, para la realización de determinados fines colectivos, las normas jurÃdicas les reconocen capacidad para ser titular de derechos y contraer obligaciones. Son las corporaciones, asociaciones, sociedades y fundaciones.Â
PERSONA NATURAL: Es todo ser humano o individuo que nace y obtiene la capacidad legal en la sociedad sin importar edad, sexo o religión.Â
PLAN ESTRATÉGICO: Se entiende como el conjunto de polÃticas y estrategias que define una empresa, para alcanzar sus objetivos de corto, mediano y largo plazo, partiendo de un diagnóstico inicial sobre la situación de la empresa.Â
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD – POS: Servicios de atención en salud a los cuales tienen derecho todos los afiliados al régimen subsidiado o contributivo, asà como sus grupos familiares beneficiarios.Â
PLAN OPERATIVO ANUAL (POA): Conjunto de programas y proyectos que la entidad desarrolla en el término de un año, en cumplimiento de las estrategias definidas para cumplir con su misión y lograr los objetivos propuestos para ese año.Â
PLAN DE COMPRAS: Es la programación anual de compras de bienes y servicios de una entidad.Â
PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL: Es la herramienta básica de la planeación, donde se materializan el programa de gobierno y las polÃticas institucionales, con el propósito de mejorar las condiciones de vida de los habitantes del municipio, con la participación de los sectores público y privado.
PLANES DE MEJORAMIENTO: Son las acciones que deben tomar las entidades vigiladas con base en los resultados de las auditorÃas anteriores para corregir situaciones observadas por las ContralorÃas.Â
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL POT: Esta concebido como un medio para facilitar el crecimiento y desarrollo de la ciudad y su ruralidad bajo los criterios de sustentabilidad y sostenibilidad ambiental, humana, económica y equidad social, en el que se conjuguen un manejo protector de las potencialidades y fragilidades de los recursos naturales, del medio ambiente y de los demás recursos fÃsicos, económicos y financieros públicos y privados que interfieren en la dinámica del territorio permitiendo una distribución equitativa de oportunidades para su disfrute, en términos de habitabilidad y mejoramiento del entorno natural.Â
POLICÃA: Cuerpo encargado de velar por el mantenimiento del orden público y la seguridad de los ciudadanos, a las órdenes de las autoridades polÃticas.Â
PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS: Conjunto de pruebas recolectadas a lo largo del perÃodo a evaluar y que se aportan durante la evaluación para demostrar la competencia laboral del empleado, sus aportes al cumplimiento de las metas institucionales y su potencial de desarrollo profesional.Â
POSESIÓN: En el ordenamiento jurÃdico se entiende por posesión la situación fáctica de tenencia de una cosa o disfrute de la misma por una persona con la intención de haber la cosa como propia. La posesión también se ejerce sobre un derecho cuando se disfruta del mismo.Â
POT: Plan de Ordenamiento Territorial.Â
PREDIO: ArtÃculo 11 Res 2555/88- IGAC se denomina predio, al inmueble perteneciente a una persona natural o jurÃdica, o a una comunidad, situado en un mismo municipio y no separado por otro predio público o privado.Â
PRESTACIONES SOCIALES: Las prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador paga a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral.Â
PREVARICATO: Emitir resoluciones, dictámenes o conceptos contrarios a la ley; u omitir, retardar, negar o rehusarse a realizar actos que le corresponden a las funciones del servidor público.Â
PROCESO EJECUTIVO: DÃcese del procedimiento que se sigue a instancia de un acreedor contra un deudor moroso para exigirle breve y sumariamente el pago de la cantidad lÃquida y vencida que le debe, cuando conste en documento indubitado, que se denomina tÃtulo ejecutivo.Â
PROCEDIMIENTO: Forma establecida para realizar una actividad o un proceso. Es recomendable que los procedimientos definan, como mÃnimo: quién hace qué, dónde, cuándo, porqué y cómo.Â
PROCESO: Conjunto de recursos y actividades interrelacionados, que transforma entradas (insumos) en salidas (productos o servicios), con valor agregado.Â
PROHIBICIÓN: Veto, impedimento del uso o ejecución de algo.Â
QUERELLA: Acusación ante la justicia en la que una persona le imputa a alguien la comisión de un delito, constituyéndose como parte en el procedimiento.Â