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2025-05-06

Hombres de la fuerza pública y del servicio de vigilancia son las únicas personas autorizadas para el porte de armas de fuego: Secretario de Seguridad Ciudadana

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  • Publicado: 2016-02-08 09:28:35
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De acuerdo al Decreto 0155 expedido por el presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón, se suspenden los permisos para el porte de armas de fuego en el ente territorial.

 

El secretario de Seguridad Ciudadana, Luis Fernando Ramos Carabalí, informa a la comunidad que el uso y porte de armas de fuego y munición solo está autorizado para la fuerza pública, la Fiscalía General de la Nación, escoltas y quienes prestan el servicio de vigilancia.

 

Lo anterior, lo emana el Decreto 0155, el cual dice que desde el pasado 1 de febrero de manera temporal queda suspendido el permiso para el porte de todo tipo de armas de fuego hasta el 31 de diciembre “en Buenaventura quien no cumpla la medida posiblemente podría enfrentar problemas judiciales y el arma será decomisada”, expresó el funcionario.

 

Manifestó, que el Jefe del Estado adoptó esta medida preventiva para el país, debido a la conservación del orden público registrado a fines del año anterior e inicios del 2.016.

 

“Reitero el llamado para que acojan la restricción, de lo contrario se realizarán sanciones como lo mencionan los artículos 83, 84, 85 y 89 del Decreto 2535 de 1993”, precisó Ramos Carabalí.


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