Publicidad exterior visual derivada de propaganda electoral deberá desmontarse setenta y dos horas después de los comicios del próximo 27 de octubre
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- Publicado: 2019-10-24 21:36:00
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- El Pacto de Compromiso fue firmado por representantes de los diferentes partidos polÃticos y Ministerio Público.
- Este ejercicio se realiza en aras de mitigar la contaminación visual, generada a través de la publicidad polÃtica ubicada en diferentes sectores de la ciudad.
Buenaventura, octubre 24 de 2019. Representantes de los diferentes partidos polÃticos y Ministerio Público, firmaron un Pacto de Compromiso en cumplimiento al Decreto 0348 del 22 de marzo de 2019, expedido por la AlcaldÃa de Buenaventura, en el que se establece que el desmonte de la publicidad exterior visual derivada de la propaganda electoral, deberá hacerse dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la finalización del proceso electoral.
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“Decimos por todas las redes sociales y medios de comunicación que amamos a Buenaventura, que estamos muy agradecidos con esta tierra, pero ya es hora de pasar de las palabras al hecho; por eso hoy invitamos a los representantes de los diferentes partidos polÃticos para que firmaran este pacto, donde se comprometen a desmotar la publicidad polÃtica que ha generado tanta contaminación visual en la ciudadâ€, enfatizó la alcaldesa distrital, Maby Yineth Viera Angulo.
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“Esperamos que los representantes de los partidos polÃticos cumplan con todo lo contemplado en el documento, igualmente el Misterio Público, representado por la PersonerÃa Distrital, ProcuradurÃa Provincial y DefensorÃa del Pueblo, para que garanticen el buen desarrollo de este ejercicioâ€; indicó José Luis Bernat, secretario Gobierno del distrito.Â
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por su parte Lewis Montaño, representante de uno de los partidos polÃticos, manifestó: “Es un compromiso de cada partido y especialmente de cada candidato, creo es que es una buena decisión adoptada por la señora alcaldesa Maby Viera, y desde luego la acogemos con gran entusiasmoâ€.
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El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el decreto de orden Distrital, dará lugar a imponer en contra del Comité de Campaña y/o particular, multa de carácter pecuniario, señalada en el numeral 3 del artÃculo 181 de la Ley 1801 de 2016, a través de las inspecciones de la PolicÃa, y se informará al Consejo Nacional Electoral.
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