Secretaría de Tránsito no tendrá atención al público para ningún tipo de trámite administrativo
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- Publicado: 2020-04-01 12:28:15
- Actualizado: 2020-04-01 13:54:20
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- Con las Circulares 0359 y 0360 del 30 de marzo del 2020, la entidad establece las medidas de movilidad durante el aislamiento preventivo tránsitorio.
Buenaventura, 1 de abril de 2020. A raÃz de la declaratoria de emergencia sanitaria en todo el paÃs y debido al alto riesgo que se presenta por la pandemia del COVID-19, la SecretarÃa de Tránsito y Transporte Distrital expidió dos Resoluciones: la 0359 y las 0360 del 30 de marzo de 2020 donde se suspenden los siguientes trámites:
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- Cursos de pedagogÃa por infracciones a las normas de tránsito.
- lnformación general sobre trámites y servicios se suspende la atención personal, se revisarán los trámites enviados en las páginas oficiales de Ia AlcaldÃa y la SecretarÃa de Tránsito (Derechos de Petición que puedan resolverse vÃa internet).
- Radicación de trámites de Registro Automotor (traspasos, tarjetas de operación, matriculas).
- Pago de infracciones a las normas de tránsito, que requieran recibo expedido por las ventanillas de la SecretarÃa de Transito.
- Audiencias públicas por infracciones de tránsito, es decir, contravenciones.
- Radicación de documentos.
- Cursos de pedagogÃa por infracciones a las normas de tránsito.
- Validación y Registro para ingresos a cursos sobre seguridad vial y normas de tránsito.
- Elaboración de los recibos para el pago por violación a las normas de tránsito.
- Elaboración de acuerdo de pago para facilidades de morosos por infracciones de tránsito.
- Elaboración de órdenes de salida para vehÃculos inmovilizados por infracciones de tránsito y entregas provisionales de vehÃculos por accidentes de tránsito
- lnformación general sobre trámites y servicios de tránsito.
De igual manera, se suspende el trámite para la realización de la revisión técnico mecánica y de emisión de contaminantes a todos los vehÃculos.
No se podrá exigir los documentos de tránsito incluyendo la licencia de conducción, el certificado de revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes cuya vigencia expire.
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Se suspenden los cursos pedagógicos adelantados por la SecretarÃa de Tránsito Distrital en aras de poder aplicar los descuentos dispuestos en la Ley y la prestación de los servicios a la comunidad.
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Igualmente, se autoriza la prestación de servicio público en vehÃculos tipo Campero para realizar el desplazamiento de personas hasta el sector de San Antonio 1 y 2, Córdoba, Cisneros, Corregimiento #8 en el siguiente horario: 7:00 a.m., 10:00 a.m., 1:00 p.m. y 3:00 p.m.
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Las Rutas urbanas no habrá restricción en el horario para poder circular.
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En el caso del Bajo Calima se autoriza las Chivas en el horario de 7:00 a.m. 11:00 a.m. y 3:00 p.m.
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Las tarifas serán las siguientes:
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Camperos hasta Córdoba $3.000
Camperos hasta Cisneros $5.000
Con un cupo máximo de 5 personas con despacho cada 2 horas.
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Las empresas que su actividad está dentro de excepciones del Decreto 457 del 22 de marzo del 2020 que contraten o utilicen vehÃculos para el transporte de sus trabajadores podrán movilizar:
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- Taxis 2 personas.
- Colectivos 5 personas.
- Buseta 15 pasajeros.
- Bus 22 personas.
La SecretarÃa de Tránsito aplicará sanciones a los conductores que se excedan en el cobro de la tarifa establecida.